01.- Comunicación previa simple

13-Mayo-2021
Autoliquidación de la tasa municipal y del impuesto de construcciones, instalaciones y obras
 
Registro electrónico ⇒ Medio de presentación: Trámite Online ⇒ Trámite: Aporte de documentación al Ayuntamiento
 
Documentación requerida para el trámite de “Comunicación previa simple”
 
- Formulario normalizado de Comunicación Previa Simple (Modelo OB-2)
- Acreditación de la identidad (copia del D.N.I., N.I.E. o N.I.F. del titular)
- Plano de situación catastral
- Croquis a escala o acotado de las obras a realizar
- Fotografías del estado actual
- Presupuesto detallado por partidas, incluido material y mano de obra
- Informes, autorizaciones y concesiones sectoriales (si procede)
- Acreditación del pago de la tasa (1,35 % aplicado al presupuesto de la obra)
- Acreditación del pago del I.C.I.O. (3,5 % aplicado al presupuesto de la obra)
 

ADVERTENCIA

De conformidad con los artículos 14.2, 14.3 y 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo, estarán obligados a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas:

  • Las personas jurídicas.

  • Las entidades sin personalidad jurídica.

  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, cuando actúen en el ejercicio de su actividad.

  • Quienes representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse por medios electrónicos. 

Si se presenta una solicitud en formato papel por parte de una persona obligada a relacionarse por medios electrónicos, se la requerirá para que subsane la solicitud y la presente por medios electrónicos. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud la fecha de presentación de la subsanación.